Política Pública de Gobiero Abierto en Nariño


APROBADA POR LA HONORABLE ASAMBLEA DEPARTAMENTAL
MEDIANTE ORDENANZA 035 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2018



Proyecto de Ordenanza por medio de la cual se establece una Política Pública de Gobierno Abierto en el Departamento de Nariño. 


Honorables Diputados:
                                                            
Como es de su conocimiento en los últimos años en el Departamento de Nariño se han venido implementando acciones de apertura gubernamental, fortalecimiento de rendición de cuentas y apertura de información, que han llevado, en última instancia, a plantear un modelo de Gobierno Abierto para la región basado en la transparencia, la participación y la colaboración.
Existen diferentes modelos de gobernanza que buscan una mejora de la calidad de vida de los ciudadanos, luchan contra la corrupción y trabajan en un acercamiento de las entidades a la ciudadanía, uno de estos mecanismos es el Gobierno Abierto, fundamento de la creación de esta política pública.
Antes de entrar en materia es importante definir este modelo y dar unos referentes históricos que lleven a una mejor compresión de la necesidad y los beneficios de implementar un modelo sostenible de gobierno abierto en el departamento, que permite esta forma de gobernanza y así establecer un marco legislativo que avale su implementación.
El gobierno abierto, nace como un modelo de gobernanza para combatir la corrupción y la falta de inclusión ciudadana en la gestión pública y en la toma de decisiones (Bianchi, M., León, C. y Perini, A., 2017). El término gobierno abierto es relativamente nuevo pero sus antecedentes se pueden remontar hasta el siglo XVI o incluso antes si nos adentramos en una perspectiva filosófica centrada en conceptos como la transparencia (Cepeda, 2004) o la lucha contra la corrupción (Flores Vega, M. y Espejel Mena, J., 2008). Hay diferentes definiciones de gobierno abierto, por mencionar algunas de ellas Calderón y Lorenzo (2010) lo definen como: “aquel que entabla una constante conversación con los ciudadanos con el fin de escuchar lo que ellos dicen y solicitan, que toma decisiones basadas en sus necesidades y teniendo en cuenta sus preferencias, que facilita la colaboración de los ciudadanos y funcionarios en el desarrollo de los servicios que presta, y que comunica todo lo que decide y hace de forma abierta y transparente” La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE, 2006) dice de él que es: “una cultura de gobernanza en políticas públicas y prácticas innovadoras y sostenibles que se basan a su vez en unos principios de transparencia, rendición de cuentas y participación que promueven la democracia y el crecimiento inclusivo.”
Vale preguntarnos entonces: ¿para qué y por qué una Política Pública de Gobierno Abierto en Nariño?
Distintos sectores del Departamento de Nariño plantean las siguientes respuestas
1.   Sector Académico:
-       Por qué fomenta la participación activa y la colaboración de la academia en la gestión pública del gobierno departamento de Nariño. 
-       Porque impulsa una cultura de gobierno abierto transversal (participación, transparencia, datos abiertos, etc.) en las universidades de Nariño.
2.    Sector ciudadano: 
-       Porque fomenta la participación de la ciudadanía en la gestión pública del gobierno departamental.
-       Porque impulsa una cultura en gobierno abierto (transparencia, participación, colaboración, datos abiertos, etc.) en Nariño
3.    Sector privado:
-       Porque fomenta la participación y la colaboración activa entre el sector privado y el sector público
-       Porque mejora la comunicación entre el gobierno.
4.    Sector público: 
-       Porque crea herramientas analógicas y digitales para modernizar y crear confianza en el Estado.
Ahora bien; para comprender mejor la Política Pública de Gobierno Abierto de Nariño, es necesario dar claridad en algunos aspectos los cuales nos permitirán concebir mejor este proyecto:
-       No es un fin sino un medio, en cual acerca a la ciudadanía con el estado, es un mecanismo más efectivo para legitimar procesos de transparencia, participación y colaboración independiente del líder de turno.
-       No es un conjunto de reglas para los nuevos gobiernos que limita su autonomía, es una oportunidad para incrementar los niveles de confianza y credibilidad entre la ciudadanía y los entes gubernamentales.
-       No es una moda de la innovación política, existen antecedentes que datan desde el año de1984.
-       Se enmarca en los objetivos de desarrollo sostenible ODS 2030. Objetivo 16, es uno de los compromisos del tercer plan nacional de GANA acordados con OGP y la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República en 2017.
-       No recoge todas las problemáticas sociales de una región, es sólo uno de las metas actuales del Plan de Desarrollo del Departamento de Nariño, que sirve para que tomar mejores decisiones, el cual se encuentra determinado en el Eje 6 – Gobernabilidad, programa Gobierno Abierto de Nariño – cuyo objeto es generar una gestión pública transparente y colaborativa con fundamento en la fluidez de la comunicación de la doble vía entre la comunidad y Gobierno
-       No incluye únicamente los presupuestos participativos ni pretende transcender una práctica particular del actual gobierno, implica un buen manejo de los recursos independientemente de su origen.
En este orden, teniendo una mayor claridad de la Política Pública de Gobierno Abierto, es importante saber cómo fue construido este proyecto trascendental para nuestro Departamento.
En año y medio de trabajo colaborativo se adelantaron varias herramientas tecnológicas que en este momento se encuentran en aplicación, esta política pública de gobierno abierto hace parte de uno de los compromisos del 3er plan nacional de Gobierno Abierto de la Presidencia de la República en 2017.
En este periodo de tiempo se han adelantado más de 30 talleres y mesas de trabajo con la ciudadanía, academia, sector productivo, y sector público.
Actualmente la sociedad civil se encuentra involucrada en esta iniciativa, por lo cual se conformó el Foro Multiactor cuyo fin es la construcción colaborativa con tres compromisos relacionados con: 1. Agricultura 2. Medio Ambiente 3. Apropiación del concepto de Gobierno Abierto, colaboración que permitió delimitar los ejes, lineamientos y conceptos.
Consecuentemente del trabajo investigativo, todos estos sectores con el apoyo de la Secretaria TIC Innovación y Gobierno Abierto, han adelantado capacitaciones, diplomados, cursos en temáticas de Gobierno Abierto, Nuevos liderazgos, Periodismo de Datos, Acceso a la información pública, entre otras temáticas a más de 600 personas de diferentes sectores.
Destacándose, un ejercicio de participación ciudadana, por medio del cual se involucró a cincuenta y cuatro municipios del Departamento de Nariño, con el propósito de que sea la ciudadanía quien disponga de los recursos asignados de acuerdo a sus necesidades, todo ello con el consenso de las Alcaldías y líderes comunitarios.
PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLITICA PUBLICA DE GOBIERNO ABIERTO
Reconociendo la realidad del departamento esta política pública se cimienta en los principios consagrados en la Constitución Política, principios rectores de Gobierno Abierto, la transparencia, la colaboración, la participación ciudadana, enfoque diferencial reconociendo los derechos sin excepción, distinción o discriminación por motivo alguno, resaltando entre ellos los principios de igualdad, equidad, participación social e inclusión, diversidad, interculturalidad, integralidad, sostenibilidad y adaptabilidad, teniendo en cuenta las distintas  posiciones de los actores sociales como sujetos de derecho desde una mirada diferencial de estado socioeconómico, género, etnia, discapacidad e identidad cultural, y de las variables implícitas en el ciclo vital (infancia, juventud, adultez y vejez).
ANTECEDENTES DE GOBIERNO ABIERTO
En Colombia desde hace varios años, se ha venido implementando estos principios rectores que comportan un Gobierno Abierto de la siguiente manera:
        Año 1995, incorpora las TIC al Decreto Ley 2150, Por el cual se suprimen y reforman regulaciones, procedimientos o trámites innecesarios existentes en la Administración Pública, así como también a las sociedades de la información en la agenda de las reuniones del G7, y el CONPES 2790 gestión pública orientada a resultados, por medio del cual se brinda el acceso de los ciudadanos a la información pública.
        Año 2000, a través del CONPES 3072 titulado agenda de conectividad, se busca masificar el uso de las Tecnologías de la Información y con ello aumentar la competitividad del sector productivo, modernizar las instituciones públicas y de gobierno, y socializar el acceso a la información, siguiendo los lineamientos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 1998 – 2002 "Cambio para Construir la Paz".
        Año 2011, a través del Decreto 4637; se crea la Secretaria de transparencia, con la misión de asesorar y apoyar directamente al Presidente en el diseño de una Política Integral de Transparencia y Lucha contra la Corrupción.
        Año 2012, se crea el primer Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto, con el fin de mejorar los servicios públicos, aumentando la integridad pública y mejorando la gestión en la inversión pública. En el mismo año se crea el observatorio de transparencia y anticorrupción con el objetivo de generar insumos para que tanto las entidades del Estado, en lo nacional y territorial, como instancias de la sociedad civil, el sector privado, el mundo académico, la comunidad internacional y la ciudadanía en general, tengan mayores y ​mejores elementos para la toma de decisiones en materia de lucha contra la corrupción y promoción de la transparencia.
        Año 2014 por medio del Decreto 2573, se establecen los lineamientos generales de la Estrategia de Gobierno en línea, se reglamenta parcialmente la Ley 1341 de 2009 y se dictan otras disposiciones.
        Año 2015, se conforma el II plan de acción de acción nacional de Gobierno Abierto y de igual forma se constituyen los lineamientos para la implementación de datos abiertos.
        Año 2016 se construye la guía de datos abiertos y se establece el Gobierno Abierto de Nariño.
        Año 2017 se constituye el III plan de acción nacional de Gobierno Abierto.
El Departamento de Nariño eligió en el año 2015, el programa político que se materializó en el Plan de Desarrollo “Nariño, corazón del mundo 2016-2019”, el cual incluye un enfoque de gobernanza abierta transversal, que promueve la apertura de la información pública, la participación y colaboración ciudadana, en la búsqueda de consolidar un “nuevo gobierno”, generando así la institucionalización de la estrategia “Gobierno Abierto de Nariño – GANA”. Dicho programa tuvo como antecedente la Escuela de Innovación Política, la cual creó capacidades previas en varios funcionarios públicos y agentes políticos que fueron quienes después impulsaron las nuevas iniciativas de esa índole.
  
En el año 2016 se creó la Secretaría TIC, Innovación y Gobierno Abierto, cuyo primer aporte en esta política pública fue el lanzamiento oficial de la Plataforma GANA y de las primeras herramientas, que generaron compromisos a los funcionarios públicos adscritos a la Entidad territorial.

En el segundo semestre del año 2016 se crearon y consolidaron 13 herramientas que conforman el denominado “Kit Anticorrupción”, las cuales se entregaron a la ciudadanía en formato digital y análogo, estas herramientas incluyen una plataforma de datos abiertos, una plataforma de presupuesto, contratación abierta, declaraciones juramentadas, varias herramientas de rendición de cuentas, una plataforma y una estrategia analógica de presupuestos participativos, entre otras.

El Departamento de Nariño fue la primera entidad colombiana en firmar en 2016 la Carta Internacional de Datos Abiertos. En el año 2017 se enfocó en la socialización y mejora del Kit Anticorrupción buscando el empoderamiento de la ciudadanía; se puso en marcha un Stand móvil llamado “Los Amigos de la ciudadanía”, que hizo presencia en los municipios de Nariño, mediante su ubicación en espacios públicos en los cuales se recopiló y también se compartió información con la ciudadanía.

Es así como el Departamento de Nariño entró en el III Plan de Acción de Gobierno Abierto –AGA-, con el acompañamiento de la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, para la construcción de la política pública de gobierno abierto. Proceso colaborativo, en el que participaron activamente, la Universidad Mariana y el Grupo de investigación en Gobierno Abierto -GIGA- de la Escuela Superior de Administración Pública Territorial Nariño Alto Putumayo, el Grupo de Investigación Artefacto de la Universidad de Nariño y varios actores de la sociedad civil.

Si bien el camino no ha sido fácil para la construcción de esta política pública, se implementó una metodología participativa y colaborativa, la cual permitió identificar los retos principales por parte de cuatro actores, la ciudadanía, la academia, el sector privado y el sector público, en base a
        Retos en transparencia
-       Crear información de calidad
-       Difundir el concepto de Gobierno Abierto
-       Conocer la realidad de los ciudadanos
-       Llegar a acuerdos para compartir información
-       Crear planes de acción de apertura de información y comunicación

        Retos en participación
-       Generar el sentido de pertinencia ciudadana
-       Conseguir incidencia ciudadana en la toma de decisiones publicas

        Retos en formación
-       Generar liderazgos
-       Llegar a toda la ciudadanía
-       Fomentar líneas de investigación pertinentes en la región

        Retos en generar confianza
-       Impulsar una cultura de gobierno abierto
-       Motivar a los trabajadores públicos y ciudadanos

        Retos en documentación de experiencias
-       Fomentar el intercambio de aprendizajes
-       Formar en procesos de documentación

El problema principal evidenciado durante este proceso fue: la dificultad para la sostenibilidad del Gobierno Abierto de Nariño, identificando como efectos primarios los siguientes:
-       Escasa voluntad política e institucional
-       Desconocimiento en Gobierno Abierto
-       Bajo nivel de participación ciudadana en política
-       Limitada articulación intersectorial 

Consecuentemente la identificación de sus efectos secundarios como son:
-       Desinterés institucional hacia la modernización de la administración pública, en razón a una desarticulación en de la normatividad e inexistencia de documentación de experiencias exitosas de participación y transparencia.
-       Barreras tecnológicas
-       Desconocimiento y desinterés del funcionario publico
-       Desarticulación entre universidades y sector publico
-       Desinterés de la academia de Gobierno Abierto
-       Limitados espacios de participación ciudadana
-       Escasa cultura de participación ciudadana en política, esto debido a la desconfianza en las instituciones y servidores públicos
-       Desinterés del sector privado en asuntos públicos 

De manera que una vez, comprendida su problemática, el objetivo de este proyecto es realizar acciones que garanticen prácticas de participación, rendición de cuentas, transparencia, colaboración y datos abiertos dentro de la gestión pública departamental, mediante la corresponsabilidad propositiva entre la ciudadanía, la academia el sector privado y el sector público, a través de herramientas de gobierno abierto que aporten a la gestión del conocimiento para el intercambio de experiencias.
Fundamento legal

Colombia cuenta con una infraestructura normativa que favorece la apertura del gobierno a los ciudadanos, promoviendo la transparencia, la participación y abriendo canales para la rendición de cuentas y la lucha anticorrupción. A nivel departamental existen iniciativas que fomentan la implementación de un gobierno abierto, más no una política que las regule o les de sostenibilidad en el tiempo, de allí la relevancia de la construcción de esta política, sustentada en una base legal ya consolidada.
La Alianza de Gobierno Abierto de Colombia (AGA) propone el denominado Prisma Del Gobierno Abierto, que recoge un conjunto de normativa y legislación que favorece la implementación de un Gobierno Abierto y constituye un marco legislativo y un pilar fundamental que promueve el gobierno abierto y la formulación de políticas públicas, en consonancia con la iniciativa del gobierno en línea y el gobierno digital, que adecuado a las TIC, forman el escenario perfecto para un actuar transparente de la Administración y así poder recuperar ese ánimo de credibilidad en los gobernantes.  
La base para la construcción de cualquier política en el país encuentra su fundamento en la Constitución Política de Colombia; para el caso de gobierno abierto, es pertinente remitirse a los títulos: I de los principios fundamentales II, de los derechos fundamentales IV, de la participación democrática y de los partidos políticos, IX de las elecciones y la organización electoral.
Cada uno de los capítulos contemplados anteriormente se fundamentan en herramientas jurídicas para construir una política pública, enfocada en un gobierno abierto. En el título: I, de los principios fundamentales, se establece la garantía de un estado que brinda la participación y democracia de sus entes territoriales en las acciones de gobernanza, esto se traduce en pluralismo y opinión diversa, donde la dignidad como principio fundamental se entreteje con la transparencia, comunicación, información y participación de gobierno abierto. Dicha participación es la llave para formar una democracia en derecho, en donde el Estado brinde las garantías para hacer transparente equitativo veraz y eficiente los procesos, proyectos y acciones económicas, políticas, culturales y sociales.
Por otro lado, se encuentran los fines esenciales del Estado, esto se consagra en el artículo 2, de la constitución política, donde se enriquece el principio del bien común, algo que es el resultado de un Estado social de derecho, puesto que lo que se quiere fundamentar es que todas las decisiones de un gobierno sean en pro en el goce y disfrute de los derechos del ciudadano, además de fortalecer los deberes como un ciudadano vinculante y participante en las decisiones de un gobierno. Es por eso, que las decisiones administrativas, económica, culturales y sociales repercuten en el modus vivendi del ciudadano, de la región, local y nacional; por tanto, es importante que el ciudadano sepa y reconozca lo fundamental de su decisión al momento de ejercer el voto, herramienta partícipe y decisoria al momento de formar una nación.
Pasando al título II de la Carta Magna, se encuentra el artículo 20 donde se estipula “Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación.” Es claro que, informar y recibir información eficaz y eficiente es un derecho fundamental, por tanto, gobierno abierto busca en uno de sus pilares, que es el acceso a la información, preservar este derecho para que toda la ciudadanía sea partícipe de las acciones que se realizan en las administraciones locales, regionales, y nacionales.  
El artículo 38 ibídem, el cual refiere a “garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad.” El trabajo en equipo se consolida cuando existe participación, por tanto, la ciudadanía debe ser un actor fundamental al momento de realizar las acciones para un gobierno abierto eficiente. Siguiendo con la vinculación y la participación del ciudadano en las decisiones de un Estado de Derecho, el artículo 40 de la Carta Fundamental, establece que todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Para hacer efectivo este derecho los ciudadanos puede:
        Elegir y ser elegido.
        Tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación democrática.
        Constituir partidos, movimientos y agrupaciones políticas sin limitación alguna; formar parte de ellos libremente y difundir sus ideas y programas.
        Revocar el mandato de los elegidos en los casos y en la forma que establecen la Constitución y la ley.
        Tener iniciativa en las corporaciones públicas.
        Interponer acciones públicas en defensa de la Constitución y de la ley.”

El artículo 95 de la C.P, en el parágrafo 5° de los deberes del ciudadano establece “Participar en la vida política, Cívica y comunitaria del país” Por tanto, más que un derecho es un deber del ciudadano ser partícipe de las decisiones de una administración Local, Regional o Nacional; es claro que la política de gobierno abierto, puede generar esa inclusión de la comunidad, del ciudadano de forma activa en los procesos administrativos de la Nación como un deber del ciudadano.

En cuanto al Título IV de la Constitución, se garantiza la participación democrática y de los partidos políticos, y estableciendo las formas de participación democrática como “mecanismos del pueblo en ejercicio de su soberanía”; es así que propone al Estado colombiano como el primer contribuyente en la organización, promoción, capacitación y control de toda asociación profesional, cívica, sindical, comunitaria, juvenil, benéfica o de utilidad común no gubernamental, que quiera ser partícipe en las problemáticas del Estado.

Así mismo la Carta  en su artículo 103, indica que todo partido político debe tener como principios rectores la transparencia, objetividad, moralidad, la equidad de género, y el deber de presentar y divulgar sus programas políticos y consecuentemente el artículo 107, establece garantías para el Estatuto de la Oposición; es decir que, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que se declaren en oposición al Gobierno podrán ejercer libremente la función crítica frente a éste y plantear y desarrollar alternativas políticas. Además, que el artículo 112 no solamente garantiza el derecho a oponerse, sino también asegura el acceso a la información, a la documentación oficial y, con las restricciones constitucionales y legales, el uso de los medios de comunicación social del Estado.
Pasando al Título IV de la Constitución, se estipula “Las elecciones y organización electoral” y en su artículo 259 pone de manifiesto que el electorado al elegir al Alcalde y Gobernador impone con su voto el programa de gobierno que informó y dio a conocer en su Plan de Gobierno al momento de realizar el proselitismo. Por tanto, la veeduría del ciudadano al observar y estudiar el Plan de Gobierno con el que va a elegir al candidato que administra los bienes y recursos de la región, convierte al elector en un ciudadano participativo responsable con la comunidad en general, en la elección del Gobernador, Alcalde, entre otros.

La Ley 134 de 1994, establece las normas fundamentales por las que se regirá la participación democrática de las organizaciones civiles, en las que se incluyen el plebiscito, la iniciativa popular legislativa, el referendo, la revocatoria de mandato y el cabildo abierto, además señala que la regulación de estos mecanismos no impedirá el desarrollo de otras formas de participación ciudadana en la vida política, económica, social, cultural, universitaria, sindical o gremial del país ni el ejercicio de otros derechos políticos no mencionados en esta ley.

La Ley 190 de 1995, por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la Administración Pública y se fijan disposiciones con el fin de erradicar la corrupción administrativa, refuerza el principio de transparencia establecido en el artículo 107 de la Constitución Nacional, expidiéndose para enfrentar el flagelo de la corrupción, regulando, entre otras cosas, los procesos de contratación en la administración pública.

Los Decretos 1151 de 2008, derogado por el artículo 12 del Decreto Nacional 2693 de 2012, derogado a su vez por el artículo 14 del Decreto Nacional 2573 de 2014, establecen los lineamientos generales de la estrategia de Gobierno en Línea, desarrollan y regulan la función del Estado de intervenir en el sector de las TIC, a fin de promover condiciones de seguridad del servicio al usuario final, incentivar acciones preventivas y de seguridad informática y de redes para el desarrollo de dicho sector, reglamentando parcialmente la ley 1341 de 2009 por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

El CONPES 3650 del 15 de marzo de 2010, declara la importancia estructural de la implementación de una estrategia de gobierno en línea exhortando al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el apoyo del Departamento Nacional de Planeación, a formular los lineamientos de política que contribuyan a la sostenibilidad de la estrategia de Gobierno en Línea.

El CONPES 167 de 2013, que tiene como objetivo mejorar el acceso y la calidad de la información pública; fortalecer las herramientas y mecanismos para la prevención, gestión anticorrupción, investigación y sanción de la corrupción en el país; aumentar la incidencia del control social sobre la gestión pública, y promover la integridad y la cultura de la legalidad en el Estado y la sociedad.

Aunado a lo anterior el CONPES 3785 de 2013, enmarca los lineamientos de la Política Nacional de eficiencia administrativa al servicio del ciudadano y adopta el modelo de Gestión Pública eficiente, dirigido a mejorar la calidad en la gestión, como los servicios provistos por las entidades de la Administración Pública.

La Ley 1474 de 2011 o “Estatuto Anti-Corrupción”, por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública, tiene como objetivo el establecimiento de una política eficaz en contra de la corrupción, busca introducir nuevas disposiciones que se ajusten a las necesidades actuales que la lucha contra la corrupción exige, propendiendo a subsanar e integrar aquellos aspectos en los cuales se requiere una acción contundente.

La Ley 1437 de 2011 “por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, se ocupa del procedimiento administrativo general para el trámite de las peticiones, solicitudes de documentos y consultas, el cual introduce nuevas instrucciones a fin de modernizar el procedimiento administrativo, facilitar el acceso a una justicia oportuna y efectiva, permitir que los ciudadanos hagan uso de medios tecnológicos para realizar actuaciones judiciales y administrativas, dándole fuerza vinculante del precedente judicial, otorgando importancia al derecho de petición y establecer sanciones contundentes a su desatención.

Es así, como se configura como un instrumento jurídico que desarrolla los principios del Estado Social de Derecho, especialmente en el tema de participación ciudadana, facilitando la relación entre el ciudadano y la Administración, permitiendo a los asociados influir en la toma de decisiones, con el fin de mejorar la gestión y la actuación administrativa.

Ley 1581 DE 2012, “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.” Esta norma complementa la regulación vigente para la protección del derecho fundamental que tienen todas las personas naturales a autorizar la información personal que es almacenada en bases de datos o archivos, así como su posterior actualización y rectificación. Esta ley se aplica a las bases de datos o archivos que contengan datos personales de personas naturales.

El Decreto 09 de 2012, que complementa la Ley anti trámites, por el cual se dictan las normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la administración pública, hace referencia al uso de medios electrónicos, como elemento necesario en la optimización de los trámites ante la Administración Pública.

El Decreto 2482 de 2012, por el cual se establecen los lineamientos generales para la integración de la planeación y la gestión, que indica que para el desarrollo de las funciones públicas de la administración se deberá tener en cuenta lo atinente al gobierno en línea formulado por el Ministerio de Tecnologías de Información y Comunicaciones.  

El Decreto 2618 de 2012, el cual modificó la estructura del Ministerio de Tecnologías de Información y Comunicaciones y además establece, entre algunas otras novedades, el liderar el diseño y la adopción de políticas, planes y proyectos, para promover y masificar el gobierno en línea coordinando acciones con las instancias pertinentes.
  
Ahora bien, la Ley 1712 de 2014, “Transparencia y Acceso a la Información”, cuyo objetivo principal es regular el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de información, unifica criterios de transparencia y acceso a la información bajo un mismo marco, siguiendo estándares internacionales, pues su contenido es basado en la ley modelo de la OEA sobre la materia. Además, involucra los principios de proactividad y oportunidad del acceso a la información, promueve garantías especiales para el adecuado ejercicio del derecho, y fortalece al Ministerio Público como entidad garante del mismo.

La Ley 1757 de 2015 o Ley Estatutaria de Participación Ciudadana, por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática, actualiza y añade regulación relacionada con temas propios de los mecanismos de participación ciudadana, como sus instancias, espacios y en general la arquitectura institucional necesaria para garantizar el derecho fundamental de todos los ciudadanos a participar en la vida política, económica, social y cultural del país.

El Decreto 1082 de 2015, por el cual se expide el decreto único reglamentario del sector administrativo de planeación nacional, derogó el Decreto 1510 de 2013 y compiló normas en materia de contratación estatal y asociaciones público privadas.

Así, mismo el Decreto 1008 de 2018, por lo cual se establecen los lineamientos generales de la política de Gobierno Digital y se subroga el capítulo I del título 09 de la parte 02 del libro 02 del Decreto 1078 de 2015, Decreto único reglamentario del sector de las TIC , genera la transformación de la Estrategia Gobierno en Línea hacia el enfoque de Gobierno Digital, y que tiene como propósitos habilitar y mejorar la provisión de Servicios Digitales de confianza y calidad; logrando procesos internos seguros y eficientes a través del fortalecimiento de las capacidades de gestión de tecnologías de información; toma de decisiones basadas en datos a partir del aumento el uso y aprovechamiento de la información; empoderamiento a los ciudadanos a través de la consolidación de un Estado Abierto y finalmente impulsa el desarrollo de territorios y ciudades inteligentes para la solución de retos y problemáticas sociales a través del aprovechamiento de tecnologías de la información y las comunicaciones.

Finalmente, es importante mencionar que dentro del Plan de Desarrollo “Nariño, corazón del mundo 2016-2019”, se encuentra un enfoque de gobernanza abierta transversal, que promueve la apertura de la información pública, la participación y colaboración ciudadana, en la búsqueda de consolidar un “nuevo gobierno”, generando así la institucionalización de la estrategia “Gobierno Abierto de Nariño – GANA”.

Por lo tanto; y conforme lo dispuesto en la Constitución política en su artículo 300 numeral 3 concordante con el artículo 60 numeral 2 y 3 del Decreto 1222 de 1986, Por el cual se expide el Código de Régimen Departamental CAPÍTULO III de las atribuciones y prohibiciones generales de la asamblea: Adoptar de acuerdo con la Ley los planes y programas de desarrollo económico y social y los de obras públicas, con la determinación de las inversiones y medidas que se consideren necesarias para impulsar su ejecución y asegurar su cumplimiento, la Asamblea Departamental es la competente para aprobar este proyecto que se somete a ordenanza.

Por lo anteriormente expuesto, y teniendo en cuenta los fundamentos jurídicos expuestos, de la manera más atenta, solicito se proceda a dar trámite a establecer la Política Pública de Gobierno Abierto en el Departamento de Nariño.


Atentamente,





ERNESTO FERNANDO NARVÁEZ
Gobernador del Departamento de Nariño (E)

















Proyectó: Daniel Ernesto Lasso Cortes.
Contratista de Apoyo – S-TIC


Revisó: Álvaro David García Guerrero.
Abogado Contratista S-TIC


Vo. Bo.: Nathali Lucila Vélez Ponce.
Secretaria Tic Innovación y Gobierno Abierto
Gobernación de Nariño 


Vo Bo.: Harold Andrés Bonilla Mora.
Contratista de Apoyo Equipo Gobierno Abierto de Nariño (GANA)

Revisó aspectos jurídicos: Pedro Andrés Rodríguez Melo
Jefe Oficina Asesora Jurídica
Gobernación de Nariño
                                              

PROYECTO DE ORDENANZA No.

(                                   )

Por la cual se establece la Política Pública de Gobierno Abierto en el Departamento de Nariño

LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE NARIÑO

En uso de sus atribuciones Constitucionales y legales, y en especial de las consignadas en Artículo 300 de la Constitución Política y el artículo 231 del Decreto 1222 de 1986 - Código de Régimen Departamental -

ORDENA

ARTÍCULO PRIMERO: Adóptese la política pública de gobierno abierto en el departamento de Nariño para implementar acciones que garanticen prácticas de participación, rendición de cuentas, transparencia, colaboración y datos abiertos dentro de la gestión pública departamental, mediante la corresponsabilidad propositiva entre la institucionalidad y la ciudadanía, a través de herramientas de gobierno abierto, que aporten a la gestión del conocimiento para el intercambio de experiencias entre la institucionalidad y la ciudadanía.
ARTICULO SEGUNDO: Objetivos específicos. Son objetivos específicos, los siguientes:  
  1. Garantizar el derecho ciudadano a la información pública por parte del gobierno
  2. Fomentar el trabajo conjunto, la cooperación y la corresponsabilidad entre ciudadanía y gobierno.
  3. Impulsar el control y vigilancia del y hacia el gobierno sobre la gestión y el gasto de los recursos.
  4. Promover el uso y reutilización de datos para fortalecer la toma de decisiones públicas.
  5. Fortalecer el acceso y el uso de los mecanismos de participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones, diseño de las políticas públicas y la gestión de servicios públicos

ARTÍCULO TERCERO: La política pública se cimienta en los principios consagrados en la Constitución Política, principios rectores de Gobierno Abierto, la transparencia, la colaboración, la participación ciudadana, enfoque diferencial reconociendo los derechos sin excepción, distinción o discriminación por motivo alguno, resaltando entre ellos los principios de igualdad, equidad, participación social e inclusión, diversidad, interculturalidad, integralidad, sostenibilidad y adaptabilidad, teniendo en cuenta las distintas  posiciones de los actores sociales como sujetos de derecho desde una mirada diferencial de estado socioeconómico, género, etnia, discapacidad e identidad cultural, y de las variables implícitas en el ciclo vital (infancia, juventud, adultez y vejez).
ARTÍCULO CUARTO: Ejes, Objetivo Específico, Lineamientos, Estrategias, Metas, Indicadores de la Política Pública. Con el fin de orientar la implementación de la política pública de gobierno abierto de Nariño, se establecen los siguientes Ejes, Objetivo Específicos, Lineamientos, Estrategias, Metas, Indicadores.
EJE
OBJETIVO ESPECÍFICO
LINEAMIENTO
META
NOMBRE DEL INDICADOR
DESCRIPCIÓN DEL INDICADOR
FÓRMULA
ESTRATEGIAS CONSOLIDADAS
ACTIVIDADES


























TRANSPARENCIA
























Garantizar el derecho ciudadano a la información pública por parte del gobierno






















Incorporación de acciones y estrategias institucionales en materia de gobierno abierto a través de la apertura de información pública.






















Logrado que el 80% de la administración departamental publique proactivamente información de calidad, reforzando el cumplimiento departamental (sector central y descentralizado) de la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información.

























Nº Dependencias que aperturan información pública























Publicación de la información de la gestión institucional por parte de las dependencias de la gobernación siguiendo el principio de apertura de información pública
























Nº Dependencias con apertura de información permanente de la gestión institucional / Total de dependencias de la administración departamental







Publicación de la información pública según necesidades y características de usuarios identificados por dependencias de Gobernación de Nariño

Localización y clasificación de las necesidades de información pública por cada dependencia de la Gobernación de Nariño

Caracterización de los usuarios o partes interesadas a los que va dirigida la información pública y los canales de difusión pertinentes para cada uno de ellos
Creación y/o mantenimiento de plataformas de gobierno abierto que incluya contratación, presupuesto, declaraciones patrimoniales juramentadas debidamente autorizada por sus titulares, datos abiertos, rendición de cuentas e informes de gestión, participación ciudadana, seguimiento a plan de desarrollo.

Divulgación de la información gubernamental, periódica, actualizada, virtual y analógica, adaptada y accesible a los diferentes públicos y contextos










Fortalecimiento institucional en temas de gobierno abierto mediante capacitaciones, estímulos e incentivos, gestión del conocimiento e intercambio de experiencias.

Disposición de un equipo de servidores públicos especializado en Gobierno Abierto que se encargue de llevar a cabo y supervisar la implementación de la política pública departamental de gobierno abierto
Ofrecimiento formaciones y capacitaciones en Gobierno Abierto dirigidas a funcionarios públicos, dicha formación, debe ser incluida dentro del plan de capacitación institucional, de los procesos de inducción y reinducción y de la política del sistema integrado de Gestión de la Gobernación de Nariño.

Generación de eventos, foros de difusión y discusión sobre el Gobierno Abierto para su implementación y evaluación en el departamento.

Gestión de convenios y acuerdos de formación, capacitación y apertura de información, formulación de proyectos entre la Gobernación, universidades, instituciones educativas, empresas y OSC.

Reconocimiento a las buenas prácticas de Gobierno Abierto en las dependencias de la gobernación
Mantener la vinculación a la Alianza de Gobierno Abierto Colombia (OGP) y de las que se puedan conformar en el futuro, para la creación de los Planes de Acción Nacionales y Planes Locales de Acción de Gobierno Abierto (OGP Local), específicos para el territorio nariñense.

Participar en la creación de los Planes de Acción Nacionales de Gobierno Abierto y la creación de los Planes Locales de Acción de Gobierno Abierto (OGP Local), y de las que se puedan conformar en el futuro específicos para el territorio nariñense.


Fortalecimiento de los canales de comunicación y diálogo entre la institucionalidad y la ciudadanía
Implementación de una estrategia comunicacional interna y externa, que incluya transversalmente la difusión de gobierno abierto, los servicios de atención al ciudadano, herramientas y redes institucionales que presta la Gobernación, adaptada a diferentes contextos, públicos, lenguajes e idiomas de todas las comunidades nariñenses





COLABORACIÓN



Fomentar el trabajo conjunto, la cooperación y la corresponsabilidad entre ciudadanía y gobierno.


Creación de la cultura de colaboración ciudadana con el gobierno en la solución de problemas públicos



Logrado el funcionamiento de mínimo tres redes de colaboración entre el sector privado, academia, gobierno y ciudadanía.



Nº de redes de colaboración entre gobierno y ciudadanía consolidadas





Redes de colaboración creadas y en funcionamiento




Nº de redes de colaboración consolidadas entre sector privado, academia, gobierno y ciudadanía. / Nº de redes en funcionamiento




Construcción de herramientas para el fortalecimiento de redes de colaboración y su implementación dentro de planes, programas y políticas públicas de la entidad.



Convocatoria a sectores y conformación de redes de colaboración

Acompañamiento institucional a la redes de colaboración, con asistencia técnica, capacitación y proyectos.









Acompañamiento institucional a la red de veedurías en la función del control social













RENDICIÓN DE CUENTAS


Impulsar el control y vigilancia del y hacia el gobierno sobre la gestión y el gasto de los recursos.

Promoción de espacios de rendición de cuentas y de retroalimentación ciudadana


Incrementado el uso de los mecanismos y escenarios de control social y rendición de cuentas sobre la gestión institucional


Nº de ciudadanos que hacen veeduría a mecanismos de rendición de cuentas

Medición del acceso y uso de los mecanismos y escenarios de control social y rendición de cuentas sobre la gestión institucional por parte de la ciudadanía


Nº de ciudadanos que hacen veeduría / Total de población departamental


Fortalecimiento de mecanismos de seguimiento y control social a los procesos de planeación, ejecución y evaluación de la gestión pública departamental por parte de la ciudadanía
Incentivar la formación de ciudadanos que hagan veeduría y que vigilen la veracidad de los datos e información pública de los entes territoriales(departamento, distritos, municipios), consejos comunitarios y resguardos indigenas con asistencia técnica, jurídica capacitación, articulación y apertura de canales de comunicación

Establecimiento de espacios de diálogo entre gobierno y ciudadanía en las subregiones del departamento de Nariño.


Integración del componente de análisis y visualización de los datos en la planeación, ejecución y evaluación de la gestión institucional.




DATOS ABIERTOS


Promover el uso y reutilización de datos para fortalecer la toma de decisiones públicas.


Implementación de acciones o mecanismos para la apertura, uso y reuso de datos abiertos.



Institucionalizada una estrategia de datos abiertos, en el componente de apertura, visualización y análisis.



Estrategia de datos abiertos departamental implementada



Adaptación de la estrategia nacional de datos abiertos en el componente de apertura, visualización y análisis.



Porcentaje de implementación de la estrategia de datos abiertos departamental / la estrategia nacional de datos abiertos.



Fortalecimiento de la estrategia de datos abiertos departamental

Elaboración del plan institucional de datos abiertos, que permita identificar las tendencias, reportes e informes de cada una de las dependencias de la Gobernación. (Sector central y descentralizado)

Creación de un observatorio de participación ciudadana para gestión del conocimiento, monitoreo y evaluación de la política pública de gobierno abierto








PARTICIPACIÓN CIUDADANA




Fortalecer el acceso y el uso de los mecanismos de participación ciudadana establecidos por la ley y en los procesos de toma de decisiones, diseño de las políticas públicas y la gestión de servicios públicos





Promoción de la participación ciudadana en el acceso y el uso de los mecanismos establecidos por la ley y en la toma de decisiones de la administración departamental.







Implementada mínimo una estrategia por año de participación ciudadana, por cada dependencia de la Gobernación de Nariño.






Número de estrategias departamentales de participación ciudadana implementadas








Implementación de estrategias departamentales de participación ciudadana








No. de estrategias implementadas / No. de estrategias departamentales de promoción de la participación ciudadana proyectadas








Diseño e implementación de las estrategias de participación ciudadana con enfoque poblacional, de género y étnico.
Asistencia técnica y jurídica con acompañamiento a comités ciudadanos que representan a diversos sectores de la sociedad, en mecanismos de participación ciudadana y cualificación de capacidades de liderazgo, concertación, decisión y gestión

Reconocimiento a las buenas prácticas relacionadas con Gobierno Abierto públicas y privadas.
Creación de una estrategia departamental de presupuestos participativos mediante el uso de herramientas que garanticen la transparencia del proceso en la planeación, participación y ejecución de las inversiones definidas por la comunidad.
Generar enlaces con las autoridades locales para réplica de buenas prácticas de participación ciudadana en el marco de la política pública de
Gobierno Abierto.
Incorporar en la estructura administrativa de la Gobernación de Nariño las actividades de promoción de la participación ciudadana establecidas en el
marco de la ley 1757 de 2015 o la que haga sus veces.


ARTÍCULO QUINTO: Parámetros para la Gestión, Implementación, Seguimiento y Evaluación de la Política Pública de Gobierno Abierto de Nariño. El gobierno departamental formulará un plan de acción bianual para la operativización de la Política Pública de Gobierno Abierto, acorde a la actualización normativa, al plan de gobierno vigente y a los requerimientos ciudadanos. Así mismo deberá cumplir con:

1.     Difusión, promoción, posicionamiento de la Política Pública en los niveles municipal y departamental.
2.     Capacitación a servidores públicos de los niveles municipal y departamental en la política pública.
3.     Motivación a entes de control y personerías municipales en el seguimiento a la implementación de la Política Pública.
4.     Articulación de la política pública al plan de desarrollo departamental y plan plurianual de inversiones.
5.     Inclusión de la política pública en los planes de acción anuales de las diferentes dependencias de la administración departamental (sector central y descentralizado).
6.     Posicionamiento de la política pública de gobierno abierto en los procesos, mecanismos y espacios de articulación intersectorial como referente central.
7.     Asistencia técnica y acompañamiento a los gobiernos municipales y demás entidades públicas para la adopción de la política pública.
8.     Incorporar en los procesos de rendición de cuentas, el estado de la política pública de Gobierno Abierto.
9.     Evaluación anual del cumplimiento de objetivos de corto, mediano y largo plazo planteados en la política pública de gobierno abierto.

ARTICULO SEXTO: La política publica de gobierno abierto, tendrá una vigencia de ocho (8) años, contemplando tres alcances: (i) corto plazo (2 años), en los cuales inicialmente se sensibilizará y formará a servidores públicos, disponiendo canales, herramientas, escenarios internos y externos de gobierno abierto, diseñando e implementando nuevos escenarios de rendición de cuentas, participando en la Alianza de Gobierno Abierto Colombia (OGP), en la creación de los Planes de acción nacionales y locales. (ii)  a mediano plazo (4 años), en los cuales se generará acciones de documentación y divulgación de experiencias exitosas ciudadanas e institucionales que aporten a la promoción del gobierno abierto, consolidando espacios de participación ciudadana, creando una estrategia de datos abiertos, formando ciudadanos en principios de gobierno abierto. (iii) a largo plazo (8 años), en los cuales se constituirá una administración departamental que aplique los principios de participación, colaboración y transparencia, fortaleciendo la participación ciudadana, recuperando la confianza en las instituciones, consolidando redes de colaboración, y generando una cultura ciudadana de gobierno abierto.

ARTÍCULO SEPTIMO: Financiamiento de la Política Pública de Gobierno Abierto: Teniendo en cuenta que las actividades a desarrollar se enmarcan bajo los lineamiento del Plan de Desarrollo y con el propósito de garantizar la ejecución de la Política Pública, ésta, será financiada con los recursos propios asignados a la Secretaría TIC, Innovación y Gobierno Abierto y las dependencias que se articulen a esta política pública, teniendo en cuenta el Plan Operativo Anual de Inversiones y el Presupuesto General del Departamento vigentes.

ARTÍCULO SEPTIMO: La presente ordenanza rige a partir de la fecha de su sanción y publicación.



PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE


Dada en San Juan de Pasto, a los





ERNESTO FERNANDO NARVÁEZ
Gobernador del Departamento de Nariño (E)









Proyectó: Daniel Ernesto Lasso Cortes.
Contratista de Apoyo – S-TIC


Revisó: Álvaro David García Guerrero.
Abogado Contratista S-TIC


Vo. Bo.: Nathali Lucila Vélez Ponce.
Secretaria Tic Innovación y Gobierno Abierto
Gobernación de Nariño 


Vo Bo.: Harold Andrés Bonilla Mora.
Contratista de Apoyo Equipo Gobierno Abierto de Nariño (GANA)

Revisó aspectos jurídicos: Pedro Andrés Rodríguez Melo
Jefe Oficina Asesora Jurídica
Gobernación de Nariño


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